EXPERIENCIA
El trabajador social independientemente
del campo en el que se desempeñe requiere de responsabilidad, dedicación y amor
por el trabajo que realiza junto a la comunidad, reflejo de esto lo encontramos
en el colegio Complejo Educativo Integral Sopó (C.E.I.S), donde nos recibieron
cordialmente y nos hicieron participes de sus actividades, en ellas se refleja
el compromiso de alumnos, directivos, padres de familia y docentes con el
trabajador social en cuanto al progreso y evolución de las problemáticas
que se presentan en esta institución, ya que muchas veces esta falta de
participación hace que estos procesos sufran un retroceso.
En el campo de la educación se ha
abierto un gran espacio de intervención para el trabajador social, donde
en un trabajo conjunto con psicología educan, promueven y desarrollan las
capacidades, habilidades y valores de cada sujeto que hace parte de la
comunidad, especialmente hacia aquellos en estado de vulnerabilidad.
MARCO LEGAL
LEY
1620 DE 2013
(Marzo 15)
Por
la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el
Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la
Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.
EL
CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
CAPÍTULO
II
Sistema
Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la
Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia
Escolar
Artículo
3°. Creación. Créase el
Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos,
la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia
Escolar, cuyos objetivos serán cumplidos a través de la promoción, orientación
y coordinación de estrategias, programas y actividades, en el marco de la
corresponsabilidad de los individuos, las instituciones educativas, la familia,
la sociedad y el Estado.
Este
Sistema reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, y
a la comunidad educativa en los niveles de preescolar, básica y media como la
responsable de formar para el ejercicio de los mismos, conforme a lo dispuesto
en la Constitución Política Nacional, las Leyes 115 de 1994 y 1098 de 2006, las
disposiciones del Consejo Nacional de Política Social y demás normas asociadas
a violencia escolar, que plantean demandas específicas al sistema escolar.
Artículo
4°. Objetivos del Sistema. Son
objetivos del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los
Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación
de la Violencia Escolar:
1.
Fomentar, fortalecer y articular acciones de diferentes instancias del Estado
para la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la educación para
el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños,
niñas y adolescentes de los niveles educativos de preescolar, básica y media.
2.
Garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los
espacios educativos, a través de la puesta en marcha y el seguimiento de la
ruta de atención integral para la convivencia escolar, teniendo en cuenta los
contextos sociales y culturales particulares.
3. Fomentar y fortalecer la educación en y para
la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la
participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias
y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos.
4.
Promover el desarrollo de estrategias, programas y actividades para que las
entidades en los diferentes niveles del Sistema y los establecimientos
educativos fortalezcan la ciudadanía activa y la convivencia pacífica, la
promoción de derechos y estilos de vida saludable, la prevención, detección,
atención y seguimiento de los casos de violencia escolar, acoso escolar o
vulneración de derechos sexuales y reproductivos e incidir en la prevención y
mitigación de los mismos, en la reducción del embarazo precoz de adolescentes y
en el mejoramiento del clima escolar.
5.
Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia de
todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar, la
ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de
los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente, las
relacionadas con acoso escolar y violencia escolar incluido el que se pueda
generar a través del uso de la internet, según se defina en la ruta de atención
integral para la convivencia escolar.
6.
Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas
situaciones y conductas generadoras de situaciones de violencia escolar.
7.
Orientar estrategias y programas de comunicación para la movilización social,
relacionadas con la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la
promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
8.
Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de
enfermedades de transmisión sexual.
MARCO TEÓRICO
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